Oswaldo Quispe Ramos promoverá preferentemente mecanismos de participación social comunitaria y de poblaciones locales en los procesos de contratación local.
Oswaldo Quispe Ramos promoverá preferentemente mecanismos de participación social comunitaria y de poblaciones locales en los procesos de adquisición de bienes y servicios locales.
Oswaldo Quispe Ramos será responsable por los actos, daños o perjuicios que en el desarrollo de su actividad económica, pudiera causar a las comunidades nativas y poblaciones locales de la zona.
Oswaldo Quispe se compromete a permitir el libre transito de los miembros de las comunidades nativas y poblaciones adyacente siempre que no haya riesgo.
Oswaldo Quispe Ramos deberá vigilar el Área de la concesión, dentro de sus posibilidades mantenerlo libre de ocupantes invasores de cualquier tipo sin derecho a ocupar el Área, con estrecha coordinación de la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas.
Todos los conflictos que pudieran surgir entre las partes sobre interpretación, ejecución, cumplimiento o cualquier aspecto del Contrato, deberá ser resuelto por trato directo entre las partes dentro de un plazo de 15 días. Si no se resuelve en dicho término, las partes deberán clasificar la controversia como técnica o no técnica. En caso de controversias técnicas, estas serán resueltas por un experto en la materia cuya decisión será vinculante. En caso de controversias no técnicas, mediante un arbitraje de acuerdo con la Ley General de Arbitraje. El laudo arbitral es inapelable ante el poder judicial o cualquier instancia administrativa.
Las causales de declaración de caducidad del derecho de concesión forestal para forestación y/o reforestación: (i) incumplimiento contractual, (ii) introducción de especies no autorizadas, (iii) cambio de uso; (iv) incumplimiento o no presentación del plan general de establecimiento y manejo forestal, plan operativo anual, e informes anuales; (v) insolvencia o quiebra; (vi) requerimiento; (vii) suspensión o revocación de licencias y permisos; (viii) delito o falta contra el ambiente y/o la biodiversidad; (ix) renuncia a la concesión; (x) extracción ilegal; (xi) por interés público.
Oswaldo Quispe Ramos no podrá divulgar a terceros información referente al Instituto Nacional de Recursos Naturales, que sea calificada como confidencial por estos, y deberá incluir una cláusula de confidencialidad en los contratos de trabajo que celebre.
El Instituto Nacional de Recursos Naturales es el encargado del control y supervisión del plan general de establecimiento y manejo forestal, el plan operativo anual, el informe anual sobre cumplimiento en la anualidad anterior (11.7), y demás informe que debe presentar Oswaldo Quispe.